Cada vez es más común oír hablar de reformas laborales, modificaciones en la jornada de trabajo y nuevas obligaciones en el registro de fichajes. Todas estas cuestiones están recogidas en el Estatuto de los Trabajadores, la normativa que el Gobierno de España ha establecido para regular y proteger las condiciones laborales. No obstante, a pesar de su relevancia, muchas personas desconocen qué es exactamente el Estatuto, cómo se aplica y de qué manera puede beneficiarles en su vida laboral cotidiana. Conocer esta ley es fundamental para poder defender nuestros derechos y cumplir con nuestras responsabilidades en el entorno laboral.
¿Qué es y para qué sirve el Estatuto de los Trabajadores?
El Estatuto de los Trabajadores constituye el principal marco normativo que regula la relación laboral entre el empleado y la empresa. Su ámbito de aplicación se extiende a los trabajadores por cuenta ajena, excluyendo a los autónomos o trabajadores por cuenta propia que prestan servicios remunerados de forma voluntaria.
Este cuerpo legal tiene como objetivo fundamental proteger los derechos del trabajador y establecer las bases para la regulación de la relación laboral, la cual se formaliza mediante un contrato de trabajo.
¿Para qué sirve?
Esta ley establece las bases del contrato de trabajo, definiendo sus modalidades, duración y contenido, y garantiza derechos fundamentales para los trabajadores, como la no discriminación, la seguridad en el puesto y la protección de su privacidad.
Además, el Estatuto regula cuestiones esenciales relacionadas con el salario, la jornada laboral, las horas extra y el disfrute de vacaciones, con el fin de asegurar condiciones claras y justas. También establece las pautas para modificar, suspender o extinguir los contratos, incluyendo situaciones de movilidad funcional o geográfica.
Por otro lado, esta normativa fomenta la negociación colectiva y la promoción profesional, e incorpora mecanismos que ayudan a equilibrar la vida laboral y familiar, contribuyendo así a un ambiente de trabajo más justo y armonioso. Asimismo, establece la obligación de llevar un registro adecuado de la jornada laboral, garantizando la transparencia y el control tanto para trabajadores como para empleadores.
¿Cómo afecta el Estatuto de los Trabajadores al registro horario?
Desde mayo de 2019, todas las empresas en España están obligadas a llevar un registro diario de la jornada laboral, conforme a lo establecido en el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, introducido por el Real Decreto-ley 8/2019. Esta normativa obliga a registrar el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de cada trabajador, garantizando que, “sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo, la empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora.”
El artículo establece que la organización y documentación del registro de jornada debe acordarse preferentemente mediante negociación colectiva o a través de un acuerdo de empresa. En caso de que no existan estos mecanismos, será la empresa quien determine cómo se realizará, previa consulta con los representantes legales de los trabajadores. Además, la empresa está obligada a conservar estos registros durante un período mínimo de cuatro años, manteniéndolos accesibles para los trabajadores, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
¿Qué cambia con la reforma de 2025?
En febrero de 2025, el Gobierno aprobó un Anteproyecto de Ley que modifica y refuerza la normativa vigente sobre el registro de jornada, establecida desde 2019. Esta nueva regulación introduce exigencias adicionales para las empresas, con el propósito de mejorar el control horario, prevenir abusos en las horas extraordinarias y adaptarse a las nuevas formas de organización laboral, como el teletrabajo y los modelos híbridos.
El anteproyecto aprobado el pasado mes de febrero establece los nuevos requisitos específicos que deben cumplir los sistemas de registro de jornada laboral para asegurar su eficacia, transparencia y adaptación a las necesidades actuales:
- Uso obligatorio de medios digitales para el registro.
- Los trabajadores deberán registrarse de manera directa y personal, al inicio y al final de cada jornada laboral, sus horarios, garantizando que la empresa no pueda modificar ni influir en el contenido de dichos registros. Incluyendo interrupciones que afecten al cómputo de horas.
- Garantizar la autenticidad y trazabilidad de los datos, identificando a la persona que registra y cualquier modificación realizada.
- El sistema de registro garantizará la interoperabilidad, permitiendo su acceso y gestión, además de asegurar que la información esté en un formato legible, compatible y tratable para facilitar su documentación y consulta.
- Acceso inmediato y en cualquier momento al registro, tanto de forma presencial como remota, para los trabajadores, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo.
- Conservación de los registros por parte de la empresa durante un mínimo de cuatro años.
- Registro de la jornada deberá realizarse de forma equivalente en los contratos a tiempo parcial, asegurando la misma precisión y cumplimiento que en los contratos a jornada completa.
Aunque la reforma del Estatuto de los Trabajadores aún no está en vigor y su entrada se espera para finales de 2025, es recomendable que las empresas se preparen desde ahora.
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