▷ ¿Conoces la Jornada Laboral a la Carta? Aquí tienes sus puntos principales

El Inicio de la Jornada a la Carta

¿Jornada Laboral a la Carta? Sin duda alguna es un tema del que en este momento todo el mundo hablan. Antes de empezar a valorar si es bueno o no, te explicaremos que quiere decir esto.

¿Qué es la Jornada Laboral a la Carta?

Este es un nuevo derecho que tienen los trabajadores. Es el deber que la empresa tiene de permitirle a los trabajadores negociar bilateralmente la adaptación de la duración y distribución de la jornada laboral que tendrán, también si es teletrabajo. Esto influye a todo tipo de trabajo en la ordenación del tiempo y en la forma de presentación que deseen en pos de la conciliación.

Un Real Decreto que desde el 8 de marzo el trabajador puede solicitar. Este, es un derecho que tiene como principal objetivo conciliar la vida laboral y familiar del trabajador.

«El estatuto habla únicamente de conciliación. Dentro de la vida personal puede ser cuidar a un padre o un hijo, o una formación o un hobby», explica Didac Repollès, socio laboral de Toda y nel-lo.

Como podemos recordar, anteriormente el trabajador tenía que hablar con el jefe para poder llegar a un tipo de acuerdo y así conciliar. Por lo general, estas facilidades sólo se las daban a los padres de familia y sin ser una situación generalizada. Ahora con esta nueva ley, esta conciliación es permitida y no es necesario ser padre de familia, puedes pedirlo por cualquier motivo personal.

Esta es una garantía para el empleado ya que, con esta nueva ley, no se le puede reducir el sueldo, ni su horario laboral.

¿Cómo puedo solicitar la Jornada a la Carta? 

  • Solo necesita escribir un documento donde redacte motivos razonables de porqué necesita que en su caso se cumpla este tipo de Jornada. Ese mismo escrito será dirigido hacia el empresario o dueño del negocio.
  • Una vez creado y entregado este documento, el empresario tendrá un máximo de 30 días para la negociación de la solicitud y respuesta. Al finalizar este periodo, tendrá que dar una respuesta por escrito, planteando la aceptación de las condiciones, alternativas posibles, así como la negativa y las razones de la misma.
  • Si llega a producirse que el empresario deniega la solicitud del empleado, el trabajador tiene veinte días para demandar a la empresa ante un Juzgado de lo Social.Este caso se puede presentar si la negativa de la empresa no indica razones objetivas (que pueden ser económicas, técnicas, organizativas y/o productivas),en las que se sustenta la decisión o también si el empleado no está satisfecho con el acuerdo deseado.
  • Una vez admitida la demanda, se celebrará una vista  en los 5 días siguientes y después de esto en tres, se dictará la sentencia. No cabe recurso salvo por parte del trabajador si vulnera sus derechos fundamentales.

¿Qué tiene que tener el documento de la demanda?

En la demanda podrás encontrar la acumulación de daños y perjuicios causados al empleado o trabajador. Todo esto derivado de la negativa de la situación en la que no se les dio la facilidad de cumplir con su derecho.

¿Cómo lo ven las empresas?

Los negocios, empresas y despachos muestran una gran preocupación ya que se sienten indefensos antes esta situación de esta nueva ley de Jornada a la Carta. Puesto que de alguna forma no sienten que España esté preparada para esta nueva ley.

Esta ley está produciendo una “cola de demandas” que por parte de trabajadores hacia empresas por no llegar a ningún acuerdo de modificación de la Jornada Laboral. La negociación colectiva únicamente es válida para unificar la forma en la que se realizará la solicitud del derecho.

En este caso, las empresas tendrán que asumir una mayor carga burocrática de peticiones así como para negociar y emitir una respuesta, por lo que es necesario que las razones que se ofrecen cuando no hay acuerdo que sean lo más objetivas posibles, ya que como norma general los tribunales van a estar a favor de la adaptación de la Jornada Laboral.

Aunque desde el 8 de marzo entro en vigor esta ley, en este momento es cuando más se está empezando a notar las problemáticas que se han expuesto entre empleadores y trabajadores.

Y es que todo empezó con el control de horario una función que ahora también es obligatoria, todo esto para proteger a los trabajadores de las cargas laborales excesivas Por esto, se creó esta normativa, para que el empleado tenga una mayor conciliación de la jornada laboral, sin perder en el plano económico.

Poder atender las situaciones en las que empresa y empleado tuvieran diferencias en cuanto a la jornada laboral es lo que busca resolver esta ley, donde la libertad a la hora de elegir del empleado es el objetivo por parte del gobierno.

Muchos de los expertos creen que con esta ley, es muy probable que se incremente el número de litigios, pero al mismo tiempo comentan que es una manera más de proteger los derechos laborales. 

Se recomienda que las empresas, comiencen a trabajar en este derecho, ya sea a través de la negociación colectiva o con algún acuerdo que les de un beneficio a todos, y que puedan facilitar a sus empleados la tramitación, obviamente con factores objetivos y no discriminatorios favoreciendo siempre la flexibilidad, en la medida que esto sea posible.

Estamos ante un nuevo concepto de jornada laboral que busca mejorar la conciliación personal y familiar que hacía falta en el mercado laboral español, para poder acercar la vida personal de los trabajadores a su horario laboral, con el fin de que no sea un obstáculo para ellos. En los próximos meses veremos cómo afecta esta medida a la flexibilidad de las empresas con el horario de sus trabajadores y el grado de mejora que se produce en este aspecto. 

Detalles de las primeras demandas y sentencias.

Y aunque la nueva ley no lleva mucho tiempo, muchos de los trabajadores de empresas están presentando demandas. Se defienden con el hecho de que algunas de estas empresas le otorgan la negativa a su petición “sin una respuesta válida”.

Muchos de estos casos quedan inconclusos, puesto que no terminan de llegar a un acuerdo, así que se están yendo a los tribunales. Y según varias empresas, tienen aún en espera muchos otros casos, puesto que no se dan abasto con la lista de peticiones.

El número de demandas va en aumento y este no es un proceso agradable para las empresas, ya que se pierde mucho en este tipo de casos. Recursos que serán difíciles de remplazar. Esto quizá ponga en alerta a toda la estructura empresarial (Pymes, negocios, etc.).

Los casos que por lo general han terminado en demanda, son aquellos con peticiones en la temática del horario. Muchas peticiones son sobre reducirlo, por el cual los tribunales están dictando sentencias a favor del empleado.

Lo que está dando como resultado que el mismo trabajador decida completamente su horario, hasta los días que crea más convenientes, pudiendo así modificar completamente su turno a la forma que más le convenga.

Ya ha habido varias empresas en problemas, una de estas es una cadena de supermercados. Esto hizo que se mencionara que las empresas tienen que tomar con seriedad este tipo de peticiones, porque si en respuesta tienen una negativa para su trabajador, puedan dar una justificación valida y detallada de las razones por las cuales no pueden cumplir con su petición. Esto para que, a la hora de la demanda, la empresa tenga un buen argumento, ya que en los tribunales toman en cuenta como primordial al trabajador.

El presidente Íñigo Sagardoy y Martín Godino socio director de Sagardoy, recomiendan a todos los negocios y empresas abrir la negociación colectiva para protegerse, aunque esto con cuidado ya que otros opinan que esto puede ser un arma de doble filo.

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